10 años de pruebas: 2008-2018. Capitalismo 3.0

Seguimos erráticos en la conciencia de lo territorial y no encontramos salidas a los viejos problemas, y por ende, los nuevos se acumulan: Austeridad, Precariedad, Vulnerabilidad, Resilencia, Individualismo… la Gran Recesión.

Escribía el 8.09.2018 Joaquín Estefanía bajo el título de «Diez años bastan« (en este decenio se ha producido la mayor intervención pública para salvar el capitalismo y la democracia tal y como los conocíamos) una breve crónica ilustrada con las publicaciones que han «…informado, analizado, comparado…» está época que nos ha tocado sufrir. «…No fue un accidente puntual, sino un cambio global: trajo el populismo, el autoritarismo y el Brexit…»

«El derrumbe de la globalización (2008-2018)»De cómo la crisis del 2008 condujo al Brexit, al proteccionismo y al fin de la globalización por E.V.Pita, (2016), propone una nueva interpretación de temas a cerca de la globalización, la deslocalización industrial y «…el fenómeno que comenzó en el 2008 a medida que arrancó un proceso proteccionista de los países como fórmula económica para sobrevivir a la crisis financiera y eludir la competencia foránea…» y 15 publicaciones para su comprensión.

El cambio está servido, y ahora toca reaccionar. Existen «laboratorios de práctica urbanística» en casi todas las grandes ciudades, buscando la fórmula magistral que permita sobrevivir o resistir el tsunami urbanizador. 

Pero serán las conciencias colectivas quienes han de aportar una admisible transmisión a las nuevas generaciones de un soporte y de unas herramientas que les sirvan para que «esto continue».

¿Qué tipo de problema es una ciudad? decía Jane Jacob en 1961 en «The Death and Life of Great American Cities», denunciando entre otras cuestiones, la muerte del espacio público. «La Ciudad no es un laboratorio» y  «El Urbanismo no es un experimento», plantean el gran discurso urbano desde entonces, sin haber resuelto ambas simultáneamente.

«Los cinco grandes problemas de muchas ciudades contemporáneas», escribía Anatxu Zabalbeascoa, son «la gentrificación«, «la ciudad en venta«, «el coche, un medio de transporte del pasado», «la pérdida de identidad o museificación» y «la falta de convivencia y guetificación«. Todos se suponen efectos de la globalización, o causas a su vez de la crítica a cualquier área urbana de nuestro país (al menos). 

Autoritarismos y populismos pretender responder desde posiciones casi enfrentadas a la «singularidad específica», reclamada como base de cualquier territorio y sus habitantes. Pero, mientras tanto, no hemos avanzado mucho en esta última década, o ¿si?

Participación ciudadana, herramientas de información y transparencia se posicionan como pilares del buen gobierno. Evolución y adaptación a nuevas demandas de la ciudadanía en pos de una gobernanza transversal. Coordinación y gestión como  grandes herramientas de responsabilidad en la ciudad. Y delimitación de las unidades, áreas urbanas, territorios homogéneos, unidades de paisaje ciudadano; lejos quedan ya sintaxis de barrio, distrito y otras divisiones administrativas. Los Centros Históricos mantiene su batalla y las periferias las suyas.

Retos no faltan, Sostenibilidad, eficiencia energética y movilidad-infraestructuras metropolitanas, frente a propuestas «urbanismo activista», o la alianza por «la ciudad social», es el reequilibrio entre la desigualdad territorial y la desigualdad social (todos queremos AVE, pero enterrado, no vaya a ser que segregues mi barrio de toda la vida, mi ciudad, mi aldea).

Nuevas Leyes de Urbanismo, Ordenación del Territorio y del Suelo, desde todos los ámbitos, Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas (la nacional)  Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears), Anteproyecto de Ley para un Urbanismo Sostenible en Andalucía, Proyecto de Ley de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura (LOTUS), Proyecto de Ley de Urbanismo y Suelo de la Comunidad de Madrid, nueva ley de ordenación territorial y urbanística de Cantabria, nueva Ley del Suelo en Canarias (Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias), nueva Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murciaen la Comunidad Valenciana, Ley 5/2018, de 6 de marzo, de la Generalitat, de la Huerta de València, que complementa la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana, en Cataluña, Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de urbanismo, Decreto-Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de AragónDecreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanistica.

Y aquí un inciso, importante, del Preámbulo de la última Ley nacional (RRR-2013), base del nuevo espíritu institucional en materia de ordenación del territorio y planeamiento:

«…España posee actualmente, si no se reactiva la demanda, suelo capaz de acoger nuevos crecimientos urbanísticos para los próximos cuarenta y cinco años. Esta situación se agrava cuando se observa que gran parte de estos suelos se encuentran situados en entornos donde no es previsible ningún incremento de demanda en los próximos años. A ello se une el dato significativo de vivienda nueva vacía, 723.043 viviendas. Tanto a corto, como a medio plazo, será muy difícil que los sectores inmobiliario y de la construcción puedan contribuir al crecimiento de la economía española y a la generación de empleo si continúan basándose, principalmente y con carácter general, en la transformación urbanística de suelos vírgenes y en la construcción de vivienda nueva…

…No parece admitir dudas el dato de que el parque edificado español necesita intervenciones de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas que permitan hacer efectivo para todos, el derecho constitucional a una vivienda digna y adecuada, así como la exigencia del deber de sus propietarios de mantener los inmuebles en adecuadas condiciones de conservación. Aproximadamente el 55 % (13.759.266) de dicho parque edificado, que asciende a 25.208.622 viviendas, es anterior al año 1980 y casi el 21 % (5.226.133) cuentan con más de 50 años. El único instrumento que actualmente permite determinar el grado de conservación de los inmuebles, la Inspección Técnica de Edificios, no sólo es insuficiente para garantizar dicho objetivo, y así se pone de manifiesto desde los más diversos sectores relacionados con la edificación, sino que ni siquiera está establecido en todas las Comunidades Autónomas, ni se exige en todos los municipios españoles…»

Parece generalizado  en las nuevas leyes, anteproyecto de leyes y decretos legislativos, que ahora el «derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada» (art 47 CE-78), queda acompañado del art 45 de la CE-78, «del medio ambiente».

  1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.
  2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.
  3. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.

Las ciudades y los territorios, ya tienen cada uno su «ser». Si eres centro Histórico, Casco Antiguo, Ensanche, Extrarradio o Periferia, han de sobrevivir a su «paisaje» asignado; por contra, el medio ambiente parece ser todo lo demás. 

El modelo territorial ya es el modelo económico, energético y medio ambiental. ¡Cuánto tiempo va a costar cambiar conciencias¡

La CE-78 obliga a los poderes públicos a promover las condiciones necesarias y a dictar las normas precisas para la utilización racional de los recursos naturales, la protección del medio ambiente y del patrimonio urbano y arquitectónico, y el derecho a la vivienda. Todo ello respetando el principio de la función social de la propiedad, el justo reparto de beneficios y cargas y la participación de la comunidad en las plusvalías generadas por la acción urbanística de los entes públicos.

Por lo menos eso se decía en 1978, y sigue vigente la letra; la música ha cambiado o es que antes no tenía música.

En 2016 se dictaron un total de 975 sentencias condenatorias de las que 54 lo son por delitos contra el medio ambiente, 394 corresponden a urbanismo y ordenación del territorio, 21 sobre patrimonio histórico, 263 por delitos contra la flora y fauna, 140 por incendios forestales y 103 por malos tratos a animales domésticos. A esas cifras hay que añadir 10 sentencias condenatorias del Tribunal Supremo en 2016, de las que 6 lo son en medio ambiente, 3 en urbanismo y ordenación del territorio y 1 por incendio forestal. (de la Memoria elevada al Gobierno de SM presentada al inicio del año judicial por el Fiscal General del Estado, 2017).

Seguimos limpiando.